0 La Ley de responsabilidad penal juvenil argumentos de una repesion sistemica

¿Cuáles son los motivos que llevan a un joven a delinquir?
La delincuencia está asociada a multiples motivos, pero casi siempre está ligado a la situación de marginalidad que viven miles de jovenes, no sólo en Chile, sino en el mundo. Las faltas de oportunidades de desarrrollo para un niño lo dejan en la vulnerabiidad, considerando que las familias de estos,  son parte de un contexto social,  donde la pobreza y la cesantía contribuyen a aumentar las posibilidades de  concretar actos punitivos. Además está el acceso fácil a las drogas más nocivas como la pasta base.

 
Otro de los factores que afectan son los modelos de vida difundidos en los medios de comunicación, los que entregan valores basados en el dinero, el prestigio y el consumo de objetos, que resultan inaccesibles para estos jóvenes -por su condición económica-  por lo menos por los canales legales. Esta situación en  muchos casos lleva a los adolescentes a la deserción escolar y a rodearse de otros circulos relacionados con la delincuencia.
¿Cómo se está implementando la Ley Penal Juvenil?
De esta ley se puede rescatar  que por primera vez en Chile existe  un sistema de responsabilidad penal especial para los adolescentes entre 14 y 18 años, ajustado a  la Convención de Derechos del Niño; elimina el trámite del “discernimiento”; consagra el derecho a defensa, el debido proceso, a ser oído, a la separación de los adultos, la excepcionalidad de la privación de libertad; e incorpora un juez que controla la ejecución.  Sin embargo, la implementación de la Ley,  tiene una  gran falencia en la implementación, especialmente en la infraestructura y en la cantidad de personal que trabaja directamente con los jóvenes, considerando el nivel de hacinamiento de los centros de internación del Sename, la escasa  capacitación técnica y apoyo para sostenerse psicologicamente ante tanta presión.

¿Cuál es la situación del personal de relación directa?
En mi relación con los centros del Sename, especialmente en San Bernardo, me he encontrado con  gente muy valiosa, que tiene vocación por su trabjo, pero que tiene que lidiar con situaciones de vida de los adolescentes muy complicadas, en recintos donde se vive el hacinamiento, a cargo de un número muy alto de jovenes, por lo tanto es muy dificil para ellos producir un proceso de rehabilitación eficaz.
¿Los Centros del Sename cumplen con estandares solicitados por las Convenciones internacionales?
Si consideramos los estandares solicitados por los organismos internacionales, referido a los derechos de los niños privados de libertad, se puede decir que en Chile se violan los ampliamente los derechos de estos grupos de edad en los centros de internación, cuya situación muchas veces se caracteriza por una falta de acceso a la atención médica y psicológica adecuada, la educación, y las oportunidades de rehabilitación e reintegración, impidiendo así su desarrollo personal integral, lo que impide su rehabilitacion, por este motivo  las tasas de reincidencia son muy altas, esto se suma al contexto social donde vive el menor al salir de los recintos, donde muchas veces la familia directa del joven está asociada a la delincuencia.  Esto es un problema más bien estructural, es un problema de la sociedad en su conjunto.
La Ley  de responsabilidad penal  juvenil, señala que se haga  efectiva la responsabilidad de los adolescentes por los hechos delictivos que cometan y que  el espíritu de la sanción debiera formar  parte de una intervención socioeducativa orientada a la plena integración social ¿Esto ocurre en su aplicación?
 Un  joven  teniendo que cumplir condena en un recinto del Sename, tiene escasas posibilidades de rehabilitarse, por lo tanto no cumple el espiritu de la Ley  20.084 publicada el 7 de diciembre de 2005, donde  en su artículo 20, dice que la sanción debiera formar  parte de una intervención socioeducativa orientada a la plena integración social, considerando que los jóvenes recluidos en estas unidades reciben educacion en grados tan marginales que equivalen a nada,  no existe implementación de planes individuales; sufren largas horas de encierro y pasan largas horas sin realizar actividad alguna; sufren en forma regular allanamientos, registros desnudos y malos tratos; reciben mala alimentación; y, finalmente, no parece existir disponibilidad del Estado en entregar recursos humanos  ni recursos materiales para hacer frente al problema. Por lo tanto dioficilmente se cumplirá el espiritu de la Ley.
¿Los jóvenes y niños privados de Libertad reciben la defensoría apropiada de parte del Ministerio Público?
La Ley estipula que los jovenes una vez detenidos y llevados a juicio tienen derecho obligatoriamente a la defensa juridica gratuita y oportuna. Sin embargo, en Chile los procesos son muy largos debido a que cada defensor tiene un excesiva cantidad de casos, por lo tanto, no puede dedicarse el tiempo que necesita para acelerar el proceso, esto elentece todo, poniendo en riesgo muchas veces al menor que permanece internado en los centros. Es muy claro como los menores que delinquen por primera vez se encuentran al interior de los centros en un riesgo evidente, por la situación que se vive allí.
Hemos defendido juridicamente a jovenes que despues de estar varios meses recluido en un centro del Sename, la justicia lo sanciona con Trabajos comunitarios, eso no debiera ocurrir en un sistema que funciona.
¿Cúal es el aporte del programa de Liberar para menores privados libertad?El objetivo principal es lograr el respeto de los derechos humanos de los menores privados de libertad de acuerdo a las leyes y los estándares y convenciones nacionales e internacionales.
En ese sentido cuando nos llega un caso en que se están violando los derechos del menor, nosotros tomamos  los resguardos legales de acuerdo a la Ley, que aseguren que el niño o joven reciba un trato digno, según la cual “Todo niño privado de su libertad tendrá derecho a un pronto acceso a la asistencia jurídica y otra asistencia adecuada, así como derecho a impugnar la legalidad de la privación de su libertad ante un tribunal u otra autoridad competente, independiente e imparcial y a una pronta decisión sobre dicha acción”.

Hemos asumido  la defensa de algunos menores que se le han violado sus derechos basicamente por recibir una defensa pública inapropiada y tardía, que se encuentran con una medida cautelar de internación Provisoria a la espera de un juicio, los que generalmente deben esperar varios meses antes de ser llevado a juicio y que en la mayoría de los casos pueden tener una condena consistente en libertad asistida, uno de los casos que hemos atendido es el de un menor que fue condenado a 4 años en un Centro Cerrado, la madre acude a Liberar porque se da la posibilidad de un nuevo juicio a petición de un inculpado mayor que actuó con este menor. Ya no confía en un defensor publico, que nunca estuvo en las audiencias, mandando siempre a un subrogarte. Se acepta la Nulidad y en el nuevo juicio el menor defendido por Liberar sale con Libertad asistida,  estuvo 13 meses privado de libertad.

Liberar además a entregado capacitación al personal que trabaja en los Centros de Detención permanente y provisoria, de manera de mejorar el trato con los menores, en esas instancias he podido valorar la entrega de los funcionarios de atención directa, pero creo que se necesita aplicar una nueva mirada para enfrentar esta problemática social.-
Liberar